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Cómo denunciar o quejarte de un agente

Te trataron mal y te fuiste a casa tragándotelo. Esta vez no. Hay caminos, y algunos son gratis y sin abogado.

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Elige el camino según lo que pasó. Si hubo delito (golpes, amenazas, detención ilegal), juzgado. Si fue un trato malo o humillante, queja. Y puedes hacer las dos cosas.

Qué está pasando de verdad

Tienes tres caminos y puedes combinarlos. Uno: denuncia penal en el juzgado de guardia o en la Fiscalía, para delitos. Dos: queja en el propio cuerpo: Policía Nacional, Guardia Civil o, si es Policía Local, en el ayuntamiento. Tres: el Defensor del Pueblo, gratis, por internet y sin abogado.

Insultos, desprecio o humillaciones durante una identificación no son «gajes del oficio». Los agentes están obligados a tratar a todo el mundo con respeto. Si no lo hacen, se puede y se debe decir.

Tu plan, paso a paso

  1. Identifica al agente

    Su número de identificación va en el uniforme. Si no lo viste, apunta la hora exacta, el lugar y la matrícula del coche: con eso se le puede identificar.

  2. Escribe lo que pasó hoy

    Minuto a minuto, con las palabras exactas que te dijeron. Lo que escribes el mismo día vale mucho más.

  3. Elige la vía

    Delito: juzgado. Trato malo: queja en el cuerpo y en el Defensor del Pueblo. Si dudas, haz las dos.

  4. Presenta y guarda copia

    Siempre con copia sellada o con el justificante de la web. Sin justificante, no existe.

  5. Sigue el caso

    Si en unos meses no te contestan, escribe otra vez preguntando por tu queja. Insistir también es un derecho.

Tus cartas: junta esto

Ve marcando lo que ya tienes. Se guarda en este móvil.

Tu escrito, listo para copiar

Queja por el trato de un agente. Sirve para el Defensor del Pueblo (defensordelpueblo.es) y para presentarla en el propio cuerpo. Guarda copia.

Lo que escribes aquí se queda en tu móvil: no se envía a ningún sitio. Revisa el texto antes de usarlo y adáptalo a tu caso. Es un modelo orientativo, no sustituye a un abogado.

¿Te está pasando ahora mismo?Abre el modo urgente: qué decir, avisar a alguien y tu tarjeta de derechos →

Lo que me preguntarías

¿Me pueden tomar represalias?

Está prohibido. Si después de quejarte te pasa algo raro con la policía, apúntalo con fecha y hora: también se denuncia.

¿Sirve de algo quejarse?

Sirve. Cada queja queda registrada, obliga a dar explicaciones y deja constancia. Lo que no se denuncia, oficialmente no existe.

¿Necesito abogado?

Para la queja y para el Defensor del Pueblo, no. Para un proceso penal, es muy recomendable.

Tragártelo no te lo devuelve. Un papel con sello, sí. Que conste.

En qué me baso · leyes revisadas en octubre de 2026
  • Constitución, arts. 14 y 54
  • LO 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, art. 5
  • LO 3/1981, del Defensor del Pueblo
  • LECrim, arts. 259 y siguientes

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