Conoce tus derechos Emergencias 112
Todos los casos
Familia

Quieres hacer testamento

Hacer testamento cuesta poco y le ahorra a tu familia mucho, mucho jaleo. Y no, no hace falta ser rico ni mayor.

Plazo clave · Cuando quieras; se puede cambiar
Antes de nada, escúchame

Piensa qué quieres dejar y a quién. Luego pide cita en cualquier notaría, no tiene por qué ser la de tu barrio. Así de sencillo empieza.

Qué está pasando de verdad

Lo más seguro es el testamento abierto ante notario: rápido, barato y queda registrado. También existe el testamento ológrafo, escrito a mano por ti, pero después hay que validarlo en un plazo de 5 años desde el fallecimiento, y es más fácil meter la pata.

Eso sí: si tienes hijos, no puedes dejárselo todo a quien quieras. En el Código Civil común, los hijos tienen derecho a la legítima. En las comunidades con derecho foral, las reglas cambian.

Tu plan, paso a paso

  1. Haz una lista

    Lo que tienes y para quién. Sin prisa.

  2. Pide cita en una notaría

    Te asesoran sin coste extra sobre cómo dejarlo bien atado.

  3. Lleva tu DNI

    Y los datos de las personas que vas a nombrar.

  4. Firma ante el notario

    Te dan una copia simple. El original se queda en la notaría y se comunica al Registro de Últimas Voluntades.

  5. Revísalo si cambia tu vida

    Boda, divorcio, hijos. Siempre vale el último testamento que hagas.

Tus cartas: junta esto

Ve marcando lo que ya tienes. Se guarda en este móvil.

Lo que me preguntarías

¿Y si no tengo abogado?

No te hace falta. El notario te asesora y redacta el testamento.

¿Cuánto cuesta?

Un testamento abierto sencillo suele salir barato, porque los honorarios de los notarios están regulados. Pregunta el precio al pedir cita.

¿Qué pasa si no hago testamento?

Entonces decide la ley quién hereda, y tu familia tendrá que hacer una declaración de herederos, que es más lenta y más cara.

¿Puedo desheredar a un hijo?

Solo por causas muy concretas que marca la ley. Coméntalo con el notario.

Es un rato en la notaría y una tranquilidad para siempre. Déjalo hecho.

En qué me baso · leyes revisadas en octubre de 2026
  • Código Civil, arts. 662 y ss., 688 y ss. y 806 y ss.

Otros casos