Haces horas extra y no te las pagan
Cada hora que regalas es dinero que otro se mete en el bolsillo. Y la ley obliga a la empresa a apuntarlas todas. Todas.
Desde hoy, apunta cada día tu hora de entrada y de salida, aunque sea en una nota del móvil. Y pide a la empresa copia del registro de jornada. Ya verás qué cara ponen.
Qué está pasando de verdad
Desde 2019, todas las empresas tienen que llevar un registro diario de jornada, con la hora de entrada y de salida de cada trabajador, y guardarlo 4 años. Y tú tienes derecho a verlo.
Las horas extra se pagan o se compensan con descanso, según tu contrato o convenio, y como máximo pueden ser 80 al año. ¿No te las pagan? Tienes 1 año para reclamarlas.
Tu plan, paso a paso
Apúntalo todo
Entrada, salida y descansos de cada día. Fotos de los cuadrantes, mensajes del jefe pidiéndote que te quedes. Cada mensaje es una prueba.
Pide el registro de jornada
Por escrito. ¿No lo tienen? Entonces la empresa está incumpliendo la ley, y eso juega a tu favor.
Reclama por escrito
Las horas que hiciste y lo que valen según tu convenio. Números claros.
Denuncia en la Inspección de Trabajo
Puedes hacerlo por internet. La Inspección revisa el registro y sanciona. Les tiene mucho respeto.
Reclama judicialmente
Papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, demanda en el Juzgado de lo Social.
Tus cartas: junta esto
Ve marcando lo que ya tienes. Se guarda en este móvil.
Lo que me preguntarías
¿Y si no tengo abogado?
La denuncia a la Inspección y la papeleta las haces tú o con un sindicato. En el juzgado no es obligatorio el abogado en primera instancia.
¿Me pueden obligar a hacer horas extra?
En general son voluntarias, salvo que tu contrato o convenio diga otra cosa. Y nunca por encima de los límites legales.
La empresa no tiene registro de jornada
Mejor para ti: cuéntaselo a la Inspección. Tus propias notas y tus testigos ganan muchísimo peso.
¿Me pueden despedir por reclamar?
Un despido por reclamar tus derechos puede ser nulo. Que se lo piensen.
Tu tiempo vale dinero. Apúntalo, reclámalo y que nadie se quede con lo tuyo.
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 34.9, 35 y 59
Otros casos
Te han despedido
Te han echado. Vale. Ahora escúchame bien: tienes 20 días hábiles para pelearlo, y el reloj ya está corriendo.
20 días hábiles TrabajoLa empresa no te paga la nómina
Trabajaste el mes entero. ¿Y ahora el sueldo «llega la semana que viene»? No, amigo. Ese dinero es tuyo, y la ley le pone intereses.
1 año para reclamar